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Gastos extraordinarios en divorcio: qué son y quién debe pagarlos

Cuando una pareja con hijos se separa o se divorcia, no basta con fijar la custodia, el régimen de visitas o la pensión de alimentos. En la práctica diaria pueden aparecer gastos que no estaban previstos y que generan dudas entre los progenitores: unas gafas nuevas, un tratamiento dental, clases de refuerzo, sesiones de psicología, logopedia o determinadas actividades extraescolares.

Estos pagos se conocen como gastos extraordinarios en el divorcio y son una de las causas más frecuentes de conflicto tras la ruptura. La duda suele ser siempre la misma: ¿deben pagarse a medias?, ¿puede uno de los progenitores asumir el gasto y después reclamar la mitad?, ¿qué ocurre si el otro no está de acuerdo?

En Abogados Divorcios Madrid sabemos que este tipo de situaciones pueden generar mucha tensión familiar. Por eso, lo más importante es distinguir correctamente entre gastos ordinarios y extraordinarios, revisar lo que establece la sentencia o el convenio regulador y actuar siempre pensando en el bienestar del menor.

Qué son los gastos extraordinarios en un divorcio

Los gastos extraordinarios son aquellos gastos de los hijos que no están incluidos en la pensión de alimentos porque no son habituales, no se pueden prever fácilmente o aparecen por una necesidad concreta.

No hablamos de los gastos normales del día a día, como comida, ropa habitual, higiene, transporte ordinario o material escolar básico. Hablamos de pagos puntuales que pueden tener cierta importancia económica y que surgen por circunstancias especiales.

Por ejemplo, si un menor necesita ortodoncia, gafas graduadas, apoyo psicológico, logopedia o clases de refuerzo recomendadas por el colegio, podríamos estar ante gastos extraordinarios. Aun así, siempre hay que analizar cada caso concreto, porque no todos los gastos nuevos tienen automáticamente esta consideración.

Diferencia entre gastos ordinarios y extraordinarios en un divorcio

La diferencia principal está en la previsibilidad. Los gastos ordinarios son los que forman parte de la vida normal del menor y se repiten con cierta frecuencia. Precisamente por eso se tienen en cuenta al fijar la pensión de alimentos.

Los gastos extraordinarios, en cambio, no se pueden calcular con facilidad desde el principio. Aparecen por una necesidad puntual y no siempre se sabe cuándo van a producirse ni qué importe tendrán.

Una forma sencilla de entenderlo es esta: la pensión de alimentos cubre la rutina del menor; los gastos extraordinarios cubren situaciones especiales que no estaban previstas.

Es recomendable fijar en el convenio regulador de divorcio qué gastos se van a considerar extraordinarios, una amplia lista si dejarla cerrada, por ello es muy importante tener un buen abogado de divorcios en Madrid que redacte a la perfección del convenio regulador de divorcio sin dejarse ni un detalle.

Qué gastos cubre normalmente la pensión de alimentos

La pensión de alimentos no se limita únicamente a la comida. En general, incluye todo lo necesario para cubrir las necesidades habituales de los hijos: alimentación, vivienda, vestido, higiene, educación ordinaria, transporte habitual y asistencia médica básica.

Por eso, no cualquier gasto que aparezca después del divorcio puede reclamarse aparte. Comprar ropa, pagar libros escolares ordinarios o adquirir material básico del colegio suele formar parte de los gastos normales del menor.

Muchas discusiones entre progenitores nacen precisamente de esta confusión. Uno considera que cualquier pago adicional debe abonarse al margen de la pensión, mientras que el otro entiende que ya está incluido. Para evitar problemas, conviene revisar siempre el convenio regulador o la sentencia de divorcio.

Características de los gastos extraordinarios en un divorcio

Para que un gasto pueda considerarse extraordinario, normalmente debe reunir varias condiciones. No basta con que sea caro o incómodo de pagar. Debe responder a una necesidad real del menor y quedar fuera de los gastos ordinarios.

Debe ser necesario

El gasto debe estar relacionado con una necesidad del hijo. Por ejemplo, un tratamiento médico recomendado, unas gafas graduadas o unas clases de apoyo si existe una dificultad escolar acreditada.

Si se trata de un gasto voluntario, de ocio o decidido por comodidad de uno de los progenitores, puede ser más discutible.

Debe ser no habitual o difícil de prever

También debe tratarse de un gasto que no sea periódico ni fácilmente previsible. Si todos los años se paga lo mismo por un concepto concreto, puede entenderse que forma parte de los gastos ordinarios.

Esto ocurre con algunos gastos escolares. Que un pago sea elevado no significa necesariamente que sea extraordinario.

Debe beneficiar al menor

El criterio principal debe ser siempre el interés del menor. Si el gasto mejora su salud, educación, desarrollo o estabilidad emocional, tendrá más sentido considerarlo extraordinario.

El problema aparece cuando el gasto responde más a una decisión unilateral de uno de los progenitores que a una verdadera necesidad del hijo.

Ejemplos de gastos extraordinarios en divorcio

Aunque cada situación debe estudiarse individualmente, hay algunos gastos que aparecen con frecuencia en los procesos de divorcio o separación con hijos.

Gastos médicos y sanitarios

Suelen considerarse extraordinarios los tratamientos médicos necesarios que no están cubiertos por la Seguridad Social o por el seguro médico privado del menor.

Aquí pueden incluirse ortodoncias, gafas graduadas, lentillas necesarias, plantillas ortopédicas, fisioterapia prescrita, tratamientos dentales o determinadas pruebas médicas.

Lo importante es que exista una justificación médica y que el gasto no sea puramente opcional.

Gastos educativos especiales

También pueden tener carácter extraordinario algunos gastos educativos que respondan a una necesidad concreta del menor. Por ejemplo, clases de refuerzo recomendadas por el colegio, apoyo psicopedagógico o profesores particulares cuando existe una dificultad real.

En cambio, los libros ordinarios, el material escolar básico o los gastos habituales de inicio de curso suelen considerarse gastos ordinarios.

Tratamientos psicológicos o terapéuticos

Los tratamientos psicológicos, la logopedia o determinadas terapias pueden ser gastos extraordinarios cuando están recomendados por un profesional y buscan atender una necesidad del menor.

En estos casos, conviene contar con informes, presupuestos o recomendaciones que expliquen por qué el tratamiento es necesario o conveniente.

Actividades extraescolares como gasto extraordinario

Las actividades extraescolares son uno de los puntos que más conflictos genera. Fútbol, inglés, música, danza, natación o campamentos pueden ser beneficiosos para el menor, pero no siempre son gastos extraordinarios.

Si la actividad ya se realizaba antes del divorcio y ambos progenitores estaban de acuerdo, puede mantenerse según lo previsto. Pero si se quiere iniciar una actividad nueva, lo recomendable es pedir consentimiento antes de apuntar al menor.

Si uno de los progenitores decide por su cuenta y después reclama la mitad, el otro puede oponerse si no fue informado o no dio su conformidad.

Quién paga los gastos extraordinarios tras el divorcio

Lo más habitual es que los gastos extraordinarios se paguen al 50 % entre ambos progenitores. Sin embargo, no siempre tiene por qué ser así.

La sentencia o el convenio regulador pueden establecer otro reparto, por ejemplo, en función de los ingresos de cada progenitor. Si existe una diferencia económica importante entre ambos, puede fijarse un porcentaje proporcional.

Por eso, antes de discutir sobre un gasto concreto, lo primero es revisar qué dice la resolución judicial o el convenio regulador. En ese documento puede aparecer indicado qué gastos se consideran extraordinarios, cómo deben comunicarse y en qué proporción debe pagarlos cada progenitor.

La realización de un gastos extraordinario por uno de los progenitores en un divorcio, siempre se ha de comunicar al otro progenitor y contar con su consentimiento antes de realizarlo, si el otro progenitor no da su consentimiento, será necesaria autorización judicial para la realización del gastos extraordinario.

¿Hace falta el consentimiento del otro progenitor para realizar un gasto extraordinario?

En general, cuando el gasto no es urgente, hay pedir consentimiento previo al otro progenitor. No se trata de pedir permiso para cualquier detalle, sino de informar correctamente y permitir que la otra parte pueda valorar el gasto.

Si existe una urgencia médica, lo razonable es actuar primero y comunicarlo después cuanto antes. Pero si hablamos de una ortodoncia, unas clases particulares, un tratamiento no urgente o una actividad extraescolar, lo más prudente es avisar antes, enviar presupuesto y esperar respuesta.

Cuando no hay consentimiento previo, la reclamación puede complicarse, especialmente si el gasto era discutible, voluntario o existían alternativas más económicas.

Cómo reclamar un gasto extraordinario

Para reclamar un gasto extraordinario es fundamental contar con pruebas. No basta con decir que se ha pagado. Hay que poder demostrar el gasto, su importe y su necesidad.

Lo recomendable es conservar facturas, presupuestos, justificantes de pago, informes médicos, recomendaciones escolares y cualquier comunicación mantenida con el otro progenitor.

También conviene reclamar siempre por escrito. Puede hacerse mediante correo electrónico, mensaje, burofax o cualquier medio que permita acreditar que se informó del gasto y se solicitó el pago correspondiente.

Un mensaje claro puede evitar muchos problemas. Lo ideal es indicar qué gasto se ha producido, cuál es su importe, por qué es necesario y qué parte corresponde pagar al otro progenitor según la sentencia o el convenio.

Errores frecuentes en los gastos extraordinarios

Uno de los errores más habituales es pagar primero y consultar después. Esto puede justificarse en casos urgentes, pero no en gastos que podían haberse hablado previamente.

Otro error frecuente es pensar que todo gasto de los hijos debe pagarse aparte. Muchos gastos ya están incluidos en la pensión de alimentos, aunque aparezcan en momentos concretos del año.

También es un error no guardar justificantes. Sin factura, presupuesto o prueba de pago, reclamar se vuelve mucho más complicado.

Por último, conviene evitar que cada gasto se convierta en una discusión personal. El objetivo no debería ser ganar una batalla contra el otro progenitor, sino cubrir correctamente las necesidades del menor.

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Cómo regular estos gastos en el convenio regulador

Un convenio regulador bien redactado puede evitar muchos conflictos. Lo ideal es que indique qué se considera gasto extraordinario, cómo se paga, si se reparte al 50 % o en otro porcentaje, qué gastos requieren consentimiento previo y cómo deben comunicarse.

También puede ser útil diferenciar entre gastos médicos urgentes, gastos médicos no urgentes, gastos educativos, tratamientos terapéuticos y actividades extraescolares.

Cuanto más clara sea la redacción, menos dudas habrá después. Una cláusula demasiado genérica puede dejar mucho margen a la interpretación y provocar problemas cada vez que aparezca un nuevo gasto.

En Abogados Divorcios Madrid podemos ayudarte a revisar tu convenio regulador, reclamar gastos extraordinarios impagados o negociar una regulación más clara para evitar conflictos futuros.

Preguntas sobre gastos extraordinarios en divorcios

Antes de terminar, resolvemos algunas dudas prácticas que pueden surgir cuando aparece un gasto concreto y no está claro cómo actuar. Estas respuestas ayudan a evitar malentendidos y a tomar decisiones con más seguridad.

¿Qué pasa si el convenio regulador no menciona los gastos extraordinarios?

Aunque el convenio no los mencione, pueden reclamarse si son necesarios, están justificados y benefician al menor. Lo mejor es comunicar el gasto por escrito y guardar facturas o informes.

¿Puede un progenitor elegir siempre al profesional o centro?

No siempre. Si el gasto no es urgente, hay que informar al otro progenitor y permitir que valore el presupuesto o proponga alternativas razonables.

¿Qué ocurre si el gasto se usa más durante la custodia de un progenitor?

Si el gasto beneficia al menor, puede seguir considerándose compartido. Lo importante no es dónde se utilice más, sino si responde a una necesidad real del hijo.

¿Se pueden descontar gastos extraordinarios de la pensión de alimentos?

No se puede. La pensión y los gastos extraordinarios son conceptos distintos. Si hay un gasto pendiente, debe reclamarse por la vía adecuada.

¿Los gastos extraordinarios tienen plazo para reclamarse?

Sí, pueden estar sujetos a plazos. Por eso conviene reclamarlos cuanto antes, siempre por escrito y con toda la documentación justificativa. La reclamación de los gastos extraordinarios prescribe a los cinco año.

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